Emplazamientos
Como estrategia para facilitar el acceso de las victimas a la administración de justicia y puedan hacer efectivos sus derechos a la verdad, justicia y reparación la normatividad de la Ley de Justicia y Paz estableció como mecanismo idóneo que se emplazara públicamente a los miembros de los grupos organizados al margen de la ley que se ratificaran a su procedimiento.
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LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION, UNIDAD NACIONAL PARA LA JUSTICIA Y LA PAZ, EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 8 DEL DECRETO 3391 DE 2006 Y DEMAS NORMAS CONCORDANTES DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL,
CITA Y EMPLAZA
A todas las personas que se crean con derecho a la verdad, la justicia y la reparación, como consecuencia de las conductas punibles atribuibles a los postulados que se relacionan en esta separata
Los
interesados pueden acudir a las oficinas de la Defensoría del Pueblo, Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación, Acción Social, Personerias Municipales, Procuradurías Provinciales y Regionales, Unidades de Fiscalía y del Cuerpo Técnico de Investigación, con el propósito de suministrar información sobre el hecho que las victimizó, sus datos de identificación y ubicación, dentro de la oportunidad legal de la Ley 975 de 2005 les confiere, para acudir al proceso y reclamar sus derechos. Igualmente se podrá obtener mayor información en la página web www.fiscalia.gov.co .
Si las víctimas indeterminadas no comparecieren, se le solicitará al Ministerio Público les designe un representante para que las asista en la protección de sus derechos hasta cuando se hagan presentes.
Los edictos emplazatorios que hacen parte de este inserto fueron fijados por el término señalado, el día diez (10) de julio de dos mil siete (2007), en la secretaria de la Unidad Nacional de Fiscalías para la Justicia y la Paz.
ver pdf tomado del diario El Tiempo
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